Nuevas peticiones antidumping sobre miel cruda de Argentina, Brasil, India, Ucrania y Vietnam
El 21 de abril de 2021, la Asociación Americana de Productores de Miel y la Asociación Sioux Honey (los Peticionarios) presentaron peticiones contra el derecho antidumping (AD) sobre la miel cruda o natural de Argentina, Brasil, India, Ucrania y Vietnam.
La legislación estadounidense sobre la AD impone aranceles especiales para contrarrestar las mercaderías importadas que se venden en los Estados Unidos a un valor inferior al «valor normal». Para que se impongan derechos antidumping, el gobierno de los Estados Unidos debe determinar no sólo que se está produciendo dumping, sino también que hay «daño importante» (o amenaza de los mismos) debido a las importaciones objeto de dumping. Los importadores son responsables de los posibles derechos antidumping impuestos. Además, estas investigaciones podrían afectar a los compradores aumentando los precios y/o disminuyendo el suministro de miel cruda o natural.
Alcance:
Según la petición:
La mercancía cubierta por estas peticiones es miel cruda o natural. La miel cruda o natural es miel tal como existe en la colmena o según lo obtenido por extracción, decantado y espumado de las impurezas gruesas. Miel cruda o natural que no se ha filtrado a un nivel que resulte en la eliminación de la mayoría o la totalidad del polen. Los productos temáticos incluyen todos los grados, fuentes florales y colores de miel cruda natural y también incluye miel cruda o natural orgánica.
Se excluye del alcance la miel en panal o la miel que se empaqueta para la venta al por menor (por ejemplo, en botellas u otros envases comerciales de cinco (5) libras o menos).
La mercancía sujeta a este pedido se clasifica actualmente en la subpartida estadística 0409.0000.05, 0409.0000.35, 0409.0000.45, 0409.0000.56 y 0409.0000.65 de la Lista Arancelaria Armonizada de los Estados Unidos («HTSUS»). Aunque las subpartidas HTSUS se proporcionan con fines de conveniencia y aduanas, la descripción escrita del alcance de esta orden es dispositiva.
Márgenes de dumping estimados:
Los peticionarios alegan los siguientes márgenes de dumping: Argentina: 16.83 a 22.60 % – Brazil: 114.50 % – India: 34.22 a 99.16 % – Ukraine: 10.56 a 94.84% – Vietnam: 207.08%
Calendario estimado de investigación:
El siguiente es un calendario estimado de investigaciones del Departamento de Comercio de los Estados Unidos (DOC) y la Comisión de Comercio Internacional de los Estados Unidos (CCI):
21 de abril de 2021 | Se presentan peticiones. |
11 de mayo de 2021 | El USDOC inicia las investigaciones. |
12 de mayo de 2021 | Conferencia de personal de la CCI (estimada). |
7 de junio de 2021 | Fecha límite para las determinaciones preliminares de daño de la CCI. |
28 de septiembre de 2021 | Fecha límite para las determinaciones preliminares de la AD del USDOC, si no se posponen los plazos. |
17 de noviembre de 2021 | Fecha límite para las determinaciones preliminares de la AD del USDOC, si la fecha límite se pospone por completo. |
1 de abril de 2022 | Fecha límite para las determinaciones finales de la AD del USDOC, si todos los plazos se posponen por completo. |
16 de mayo de 2022 | Fecha límite para las determinaciones definitivas sobre lesiones de la CCI, si todos los plazos del USDOC se posponen por completo. |
Para obtener más información, pueden consultar el siguiente documento https://www.faegredrinker.com/en/insights/publications/2021/4/new-antidumping-petitions-on-raw-honey-from-argentina-brazil-india-ukraine-and-vietnam o ponerse en contacto con Douglas J. Heffner, Richard P. Ferrin o cualquier otro miembro del Equipo de Aduanas y Comercio Internacional.
Por otro lado, la Sociedad Argentina de Apicultores (SADA), se dirigió a sus colegas apicultores nucleados en AHPA de Estados Unidos, resaltando la sorpresa de que Argentina este incluida en el grupo de países a investigar por dumping, siendo que nuestro país ha trabajada con mucha determinación ante la adulteración a nivel global y que día a día trabaja por la calidad de la mie e insta a dicha entidad “a tener una comunicación más fluida entre ambas instituciones para poder canalizar estas decisiones de forma tal de encontrar acciones comunes satisfactorias que mitiguen las consecuencias lesivas para el conjunto de los apicultores”. (ver nota adjunta).
Al cierre de esta edición de Gaceta del Colmenar, existe la información que las empresas exportadoras de miel de Argentina, tanto las que están nucleadas en la Cámara de Exportadores de la República Argentina (CERA) como las que no forman parte, habrían acordado hacer un bloque común y presentarse de esa manera frente al CCI con el apoyo de la Cancillería Argentina y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, en una acción muy positiva para nuestro país, muy diferente a lo ocurrido en el 2001 donde cada empresa realizó su propia defensa obteniendo diferentes aranceles e inclusive el gobierno abordo su propia defensa separada de las empresas.
Resta esperar como se desarrollen los acontecimientos en los próximos días para saber cómo quedara la posición de la miel Argentina que quiera ingresas a Estados Unidos.